El pasado 28 de octubre se publicó en el BOE la orden ministerial por la que se determinan las especificaciones técnicas y funcionales del sistema Verifactu, como consecuencia de la Ley Antifraude. Las empresas que desarrollan software de facturación disponen ahora de un plazo de 9 meses para adaptar sus soluciones a los requisitos establecidos, lo que significa que en los próximos meses las empresas españolas deberán prepararse también para adoptar una solución de gestión que les permita cumplir con la ley.
Las empresas de software de facturación tienen hasta el 29 de julio de 2025 para adaptar sus productos a los requisitos establecidos en la orden ministerial publicada en el BOE el 28 de octubre de 2024. ¿Cómo se traduce esto para los miles de empresas y profesionales que tendrán que adoptar un software de facturación para cumplir con la Ley Antifraude en los próximos meses?
¿Qué es la Ley Antifraude y el sistema Verifactu?
La Ley Antifraude se creó para combatir la evasión fiscal y aumentar la transparencia en las transacciones económicas, imponiendo una serie de requisitos a empresas y profesionales como el uso de programas de facturación certificados y la limitación de los pagos en efectivo.
Desarrollado por la Agencia Tributaria (AEAT) en el marco de la Ley Antifraude, el sistema Verifactu permite comunicar en tiempo real las facturas emitidas por las empresas, garantizando el seguimiento de los datos fiscales y la imposibilidad de alterarlos o manipularlos una vez emitidos. Todo para asegurar un mayor control sobre la facturación y reducir la probabilidad de fraude.
Requisitos de los sistemas informáticos de facturación y del sistema Verifactu
Como hemos visto, la ley establece que los sistemas informáticos de facturación (SIF) deben garantizar la «integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación». Además, los programas informáticos deben comunicar y enviar los registros de facturación electrónicamente y de forma «continua, segura, correcta, completa, automática, consecutiva, instantánea y fiable» a la AEAT. Con el cambio legislativo, el software de facturación electrónica también debe:
- Permitir la introducción de la información de facturación por cualquier método.
- Generar, simultánea o inmediatamente antes del envío de la factura, un registro de la misma.
- Incorporar una copia o hash del registro y anulación, que enlace y garantice la trazabilidad de las facturas.
- Firmar los registros de facturación con el certificado electrónico del proveedor SIF.
- Incorporar un código QR legible en la factura que facilite su captura y digitalización y permita al destinatario aportar voluntariamente información asociada a la AEAT.
- Facilitar el acceso inmediato y/o la extracción de datos de la AEAT.
11/21 Ley Antifraude y 18/22 Ley Crea y Crece: principales diferencias
En un clima de cambio legislativo como el que estamos viviendo en España, hay dos grandes leyes que, por estar relacionadas con la implantación de la factura electrónica obligatoria, pueden confundirse, pero no son exactamente lo mismo.
Ya hemos visto que la Ley Antifraude (Ley 11/2021) pretende reducir el fraude fiscal y que se materializará a través de los programas informáticos de facturación, más concretamente, del sistema Verifactu. Además de los requisitos que ya hemos mencionado en este artículo, la Ley Antifraude también pretende evitar el uso de software que permita la manipulación de datos, con sanciones de hasta 50.000 euros para las empresas que lo hagan.
Por otro lado, la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) pretende facilitar la creación de empresas, reducir las trabas burocráticas y fomentar el crecimiento empresarial, especialmente el de las pequeñas y medianas empresas. Una de las principales medidas de esta ley es la facturación electrónica obligatoria entre empresas, que pretende digitalizar los procesos y agilizar las transacciones comerciales, haciéndolas más transparentes y menos propensas a errores o disputas.
¿Cuándo entra en vigor el sistema Verifactu?
Por el momento, aún no es posible dar una fecha en la que las empresas deban adoptar software que cumpla los requisitos de Verifactu. Dado que la fecha límite para que las empresas de software adapten sus soluciones es el 29 de julio de 2025, la fecha fijada anteriormente para la entrada en vigor de la ley para las empresas – el 1 de julio – ya no tiene sentido. En cualquier caso, será cuestión de semanas o meses que las empresas españolas (a excepción del País Vasco) tengan que adoptar un software de facturación para cumplir con la ley. Se prevé la publicación de un nuevo real decreto que retrase esta fecha de entrada en vigor hasta 31-10-2025 o enero de 2026.
Es hora de preparar tu empresa para el cambio
El sistema Verifactu representa un gran cambio de paradigma para miles de empresas en todo el territorio español. Si todavía estás haciendo tus facturas en Word, Excel o cualquier otro software que no cumpla con los requisitos que ahora se anuncian, debes empezar a buscar una solución que le permita seguir desarrollando tu actividad de forma legal y sin ningún tipo de limitaciones.
En PONTUAL España estamos siguiendo muy de cerca todos los cambios que suponen la Ley Antifraude y la Ley Crea y Crece, y junto con Cegid, nuestro partner de software de gestión, estamos trabajando en todos los ajustes necesarios para que nuestros clientes puedan utilizar el software sin preocupaciones y con el máximo respeto a la legalidad.
Tanto PONTUAL como Cegid tienen una sólida experiencia en la implementación de software de facturación electrónica en Portugal, un proceso que comenzó hace varios años en el país y durante el cual hemos trabajado con cientos de clientes en implementaciones exitosas.
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